COMUNICADO DE COLEGIOS PROFESIONALES

Los Colegios abajo firmantes informamos que nuestros matriculados se encuentran habilitados para brindar las tareas de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional según los alcances de cada título profesional establecidos por las instituciones educativas que los otorgan, y homologadas por el Ministerio de Educación de la Nación.

Asimismo, manifestamos que nuestros Colegios funcionan bajo la premisa del respeto por la identidad propia de cada una de las especializaciones y ramas de la ingeniería, arquitectura, licenciaturas y tecnicaturas, así como la del fortalecimiento interdisciplinario entre ellas.

Finalmente, expresamos que los Colegios firmantes representan el ejercicio de contralor de los límites y el alcance que imponen las leyes que los regulan, al mismo tiempo garantizamos a la sociedad en su conjunto, el correcto desempeño de nuestros profesionales en la materia.

  • Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe – Ley 10.653
  • Colegio Profesional de Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe – Ley 11.008
  • Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe – Ley 11.291

Colegio Profesional de MMO y Técnicos de la Arquitectura, Industria e Ingeniería de la Provincia de Santa Fe – Ley 10.946