Arq. Roberto Mettini – Especialista en pericias y tasaciones – Diplomatura en pericias judiciales.

La Valuación implica asignar valores a los inmuebles mediante métodos masivos, mientras que la Tasación refiere a la asignación de un valor a un inmueble en forma específica. Es notorio que cada vez es mayor la brecha que existe entre el Valor del mercado del Inmueble y su Valuación Fiscal. Que a los efectos de lograr una mayor equidad entre estos dos valores, el Estado necesita imperiosamente conocer los valores actuales del mercado inmobiliario.

En este proceso de obtención de

valores de Mercado es que crea el Observatorio

de Valores Continuos de

los inmuebles, permitiendo su actualización

permanente a los efectos de

sustentar su vigencia en un mercado

dinámico como el Inmobiliario. Y como

primer producto disponible del Observatorio

de Valores Continuos, surge el

VIR, Valor Inmobiliario de Referencia.El SCIT, Servicio de Catastro e Información

Territorial, define en su resolución:


Es un sistema que nos permite conocer en forma permanente los valores actuales de mercado en el territorio provincial, por medio de la recopilación sistemática de la información y su análisis técnico, sobre estimaciones, ofertas y precio de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales obtenidos de distintas fuentes de información, en un mercado libre y sin influencias de factores distorsivos.



Es una expresión del valor económico de un inmueble en el mercado. A tal fin tiene en cuenta todas las características asociadas al mismo, tanto los elementos que forman parte de su estructura y forma arquitectónica, como así también la superficie del terreno, el entorno en que se instala, el acceso o distancias a centros urbanos o de recreación, y todos aquellos valores que distinguen a dicho bien de otro, dándole su singularidad y por ende, componiendo su valor único de mercado. 
A nivel Municipal podemos decir

que ya rige en la ciudad de Santa Fe

un nuevo método de cálculo para determinar

la nueva TGI, basado en el

valor de terreno, al de edificación, y a

la existencia o no de servicios en cada

zona. El mismo fue aprobado por

Concejo municipal y se actualizará

trimestralmente.Ahora el Valor de la TGI se determinará

no ya en base al avalúo provincial,

sino con un recalculo que surgirá del

valor catastral municipal.El Valor Catastral Municipal surgirá de la suma del valor del terreno, con

el que se estipula el valor del metro

cuadrado en cada una de las 43 zonas

tributarias de la ciudad, más el

valor de la edificación, multiplicado

por un coeficiente de infraestructura

presente en cada zona. El Avalúo Fiscal

Municipal representa el 40% del

Valor Catastral. Finalmente el valor de

la TGI, resulta de multiplicar el Avalúo

Fiscal por una alícuota de 0,625 por

mil.